LA INMINENTE AMENAZA A LA DEFENSA AMBIENTAL EN EL PERÚ

Cuando hablamos de medio ambiente lo primero que se nos viene a la mente es, tal vez, la contaminación, niveles de polución, reciclaje, etc. Y es que, la verdad, son los principales temas de preocupación sobre el cuidado ambiental. Mas, sin embargo, cuando nos referimos a degradación del ambiente no solo se queda en el impacto hacia los recursos naturales, sino que lastimosamente además repercute en el sector social, sobre todo en nuestro país. Y es que, el derecho al medio ambiente sano es un derecho humano fundamental. Su protección trae consigo un beneficio de manera colectiva e individual ya que cada persona, a causa de la degradación, se ve afectada en otros derechos como la vida, la integridad o la salud.

Aquí entran a tallar los “defensores ambientales” que no necesariamente son personas que se oponen al “desarrollo”, “ambientalistas” o “radicales que desalientan las inversiones”, sino personas que protegen un bien, el ambiente. Y la problemática que atraviesan no es para menos: en Perú, las personas defensoras del ambiente se han enfrentado a actividades ilegales, invasiones, han sido amenazados de muerte e incluso han perdido la vida. En los últimos 5 años, al menos cinco defensores ambientales han sido asesinados, tres de ellos durante la pandemia que vivimos actualmente.

Entonces, resultaría pertinente preguntarnos ¿cómo el estado peruano vela por la protección de estos defensores ambientales? ¿Serán efectivas las políticas planteadas? Y es que el estado ha logrado avances significativos en cuanto a mecanismos de protección, sin embargo, son muchas las protestas y pocas las recomendaciones internacionales aceptadas. Por ende, con el presente artículo te invito a dilucidar si son estos mecanismos de protección una garantía de derechos humanos para estas personalidades ambientales.

Para contextualizarlos, cuando se habla de las violaciones cometidas contra defensores ambientales se hace referencia a individuos o grupos que son víctimas de violaciones a los derechos humanos debido a su actividad de defensa del medio ambiente. Ejemplo de ello son la gente que se opone a los proyectos destructivos en el sector extractivo, de infraestructura y desarrollo; los derechos de las comunidades indígenas y de las minorías; los derechos de las mujeres, los comunicadores, los abogados y los académicos; etc. Y

¿cuáles son las violaciones cometidas que se buscan erradicar? Las noticias y cifras nos lo confirmarán: El Perú ha sido clasificado por Global Witness como uno de los países más peligrosos para emprender una defensa del medio ambiente en América Latina. Y es que se reconocen casos de desalojos forzados, hostigamiento a la población, daños medioambientales, han sido además blanco de violencia llegando algunos a ser asesinados. En el último año, ocho defensores indígenas y ambientales fueron asesinados por defender sus tierras y los recursos naturales, a manos de mineros y taladores ilegales, narcotraficantes o de traficantes de tierras. Esto sumado a las 93 personas defensoras que han motivado la intervención del Estado entre abril de 2019 y febrero de 2021, por intentos de asesinatos, ataques y amenazas según cifras del “Registro sobre situaciones de riesgo de personas defensoras de derechos humanos” (SPDA)

Esta última cita, la del Registro nacional, es una de las políticas implementadas en el Perú para frenar la violencia. Aprobado en el mes de octubre del año 2020, esta herramienta


permitirá acopiar, analizar y gestionar información sobre situaciones de riesgo que enfrentan las personas defensoras de derechos humanos en todo el país. Y pues, se puede considerar que con ello se ratifica el compromiso para propiciar un entorno seguro para las labores de las personas defensoras de derechos fundamentales. A la par, el Protocolo para garantizar la protección de personas defensoras de derechos humanos significa esa herramienta para generar un ambiente adecuado para el desempeño de sus actividades de promoción, protección y defensa. No obstante, los esfuerzos llevados a cabo durante la implementación del protocolo evidenciaron algunas limitaciones para su efectividad. El carácter sectorial de la herramienta y la ausencia de funciones específicas en las entidades a cargo de brindarles seguridad, impedía tener claridad en las intervenciones para la prevención y la protección.

Cabe resaltar que este protocolo, además, tiene como uno de sus objetivos específicos el propiciar una adecuada y eficaz investigación juzgamiento, sanción y reparación en casos de ataques de personas defensoras de derechos humanos. Y con el cumplimiento de estos objetivos se logran reconocer beneficios y aportes a la política ambiental por parte de estas normas: buscan el desarrollo económico justo dentro de una comunidad donde se respete el cuidado de los recursos naturales. Los estudios estiman que la inversión en comunidades nativas que buscan la protección de los recursos naturales posee un retorno social mínimo de $2.5 por dólar invertido, que en promedio puede alcanzar una ratio de 10:1 hasta llegar a un máximo de 20:1 (Artelle et al, 2019) (Wardon et al, 2020). Esto se debe a que son actores claves en la conservación y monitoreo de los ecosistemas y la protección de la biodiversidad. A partir de ello, se fomenta la ampliación de los empleos e industrias verdes o sostenibles que contribuyen con el avance hacia una “economía verde”.

Recordemos que un paso importante hacia la defensa de los derechos ambientales ha sido la ratificación del Acuerdo de Escazú, con ella, el Perú deberá implementar o fortalecer medidas para (i) garantizar un entorno seguro y propicio para su labor; (ii) proteger, reconocer y promover sus derechos fundamentales; y, (iii) prevenir, investigar y sancionar acciones en contra del ejercicio de su derecho de defensa. Sin embargo, aquí entra a tallar el eterno enemigo del Perú: la corrupción; lo que conlleva a la impunidad. Un caso particular necesario de rescatar es el Proética, que junto a representantes de organizaciones de sociedad civil y de comunidades indígenas se presentaron ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para exponer cuatro casos de corrupción y asesinatos de líderes indígenas contra el Estado Peruano.

Es evidente que hay espacios de nuestro territorio donde las actividades ilegales han ganado terreno. Esto incluye la vinculación de miembros de mafias con la política formal. Intereses del narcotráfico, de tala y minería ilegal, rondan la política desde hace tiempo y buscan cooptar alcaldías distritales y provinciales, gobiernos regionales, representaciones congresales entre otros espacios de poder público. En un escenario así, lo defensores son vistos como enemigos de estos intereses y son objeto de campañas de desprestigio e incluso estigmatización. Los defensores ambientales no son personas que actúan en contra de nuestro sistema legal, tampoco son inimputables ni promueven o realizan actividades ilegales. Nadie está por encima de la ley. Pero, incluso el mismo estado no los trata así: un problema notable es el de la criminalización de los defensores. ¿Cómo se pretende


protegerlos si se los trata como delincuentes? Se debe garantizar que el poder judicial del país no se utilice como medio para silenciarlos. La Corte Suprema de Perú confirmó recientemente la sentencia de diez años de prisión contra César Estrada Chuquilín, mientras otros defensores de derechos humanos como Jaime Trinidad de la Cruz Gallegos y Jesús Mariano Cornejo Reynoso lo fueron a 12 años y cuatro meses y a siete años y cuatro meses, respectivamente. Y ¿por qué? Por "entorpecimiento de los servicios públicos" y "motín" en medio de las protestas. La verdad, es preocupante que sigan utilizándose estos delitos para desacreditar a los defensores de derechos humanos.


A modo de conclusión, se puede comprender que a pesar de que existan normas peruanas que tengan como objetivo proteger a los defensores de derechos humanos, como los defensores del medio ambiente, existen dificultades en su implementación. El poco entendimiento que existe en nuestro país sobre el rol de este grupo en los distintos sectores, facilita su estigmatización al vincularlos con actividades delictivas o colocarlos   como opositores del desarrollo. Nuestro Estado viene transitando, en poco tiempo, de medidas aisladas a desarrollar una política pública para la protección de personas defensoras de derechos humanos que aspira a trascender del mero papel a un cambio real en su protección -que es lo que se busca-. Sin embargo, es necesario seguir trabajando para que no haya más defensores que tengan que exponer sus vidas para lograr que los derechos humanos sean una realidad, ni impunidad que apañe a los delincuentes que los atacan.

No se puede permitir que aquellos que defienden nuestro recurso más preciado sean víctimas de amenazas y asesinatos, esto va más allá del cuidado de un bosque o parque, estas áreas significan identidad cultural; y deberían serlo para todos los peruanos, no solo para unas minorías que se sacrifican por su protección. Por ello, es importante analizar los aciertos y deficiencias de nuestra política actual para conocer los medios de protección de los cuales nosotros como ciudadanos a pie, podemos ser defensores. Y es que, la importancia no solo se enmarca en el ámbito económico, sino que traspasa a través de beneficios sociales, ambientales y personales; el conocimiento del contexto social y personal contribuiría a la investigación, conocimiento y resolución de las causas en las que se encuentren inmersos las defensoras o los defensores. Esta falta de conocimiento está contribuyendo a la criminalización de los mismos, y ¿tú qué opinas?

 

 

 

Referencias bibliográficas

Borras, S. (2013) El derecho a defender el medio ambiente: la protección de los defensores y defensoras ambientales. N°70 – 2013. Revista de la Facultad de Derecho PUCP. https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/6755

Sánchez, D. (2021) Un papel no detiene las balas: sobre la protección de los defensores de derechos humanos. SPDA Actualidad ambiental.


https://www.actualidadambiental.pe/proteccion-de-los-defensores-de-derechos humanos/ SPDA Ambiental (2020) Acuerdo de Escazú: ¿quiénes son defensores de derechos humanos en asuntos ambientales? Noticias SPDA https://www.actualidadambiental.pe/acuerdo-de-escazu-quienes-son-defensores-de derechos-humanos-en-asuntos-ambientales/

Soberón, D. (2021) Defensores ambientales: una agenda pendiente en el Perú. Pólemos Portal Jurídico Interdisciplinario. https://polemos.pe/defensores-ambientales-una agenda-pendiente-en-el-peru/

Lawlor, M. (2021) Perú debe dejar de criminalizar a los defensores de derechos humanos medioambientales, asegura experta de la ONU. Noticia Naciones Unidas. https://news.un.org/es/story/2021/05/1492152

 

Base normativa

R.M. 255-2020-JUS. Registro sobre situaciones de riesgo de personas defensoras de derechos humanos

R.M. 0159-2019-JUS. Protocolo para garantizar la protección de personas defensoras de derechos humanos



Ana Luisa Mogollón Hernández








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