LA INMINENTE AMENAZA A LA DEFENSA AMBIENTAL EN EL PERÚ
Cuando
hablamos de medio ambiente lo primero que se nos viene a la mente es, tal vez, la contaminación, niveles
de polución, reciclaje, etc. Y es que, la verdad, son los
principales temas de preocupación sobre el cuidado
ambiental. Mas, sin embargo, cuando
nos referimos a degradación del ambiente no solo se queda en el impacto
hacia los recursos naturales, sino
que lastimosamente además repercute en el sector social, sobre todo en nuestro país. Y es que, el derecho
al medio ambiente sano es un derecho humano
fundamental. Su
protección trae consigo
un beneficio de manera colectiva
e individual ya que
cada persona, a causa de la degradación, se ve afectada en otros derechos como
la vida, la integridad o la salud.
Aquí
entran a tallar los “defensores ambientales” que no necesariamente son personas que se oponen al “desarrollo”, “ambientalistas”
o “radicales que desalientan las inversiones”,
sino personas que protegen un bien, el ambiente. Y la problemática que
atraviesan no es para menos: en Perú, las personas
defensoras del ambiente
se han enfrentado a actividades ilegales, invasiones, han sido amenazados de muerte e incluso han perdido la vida. En los últimos 5 años, al menos cinco defensores
ambientales han sido asesinados, tres de ellos
durante la pandemia
que vivimos actualmente.
Entonces, resultaría pertinente preguntarnos ¿cómo el estado peruano vela por la protección
de estos defensores ambientales? ¿Serán efectivas las políticas planteadas? Y es que el estado sí ha logrado
avances significativos en cuanto a mecanismos de protección, sin embargo, son muchas las protestas y pocas las recomendaciones internacionales aceptadas. Por ende, con
el presente artículo te invito a dilucidar si son estos mecanismos de protección una garantía de derechos humanos
para estas personalidades ambientales.
Para
contextualizarlos, cuando se habla de las violaciones cometidas contra
defensores ambientales se hace
referencia a individuos o grupos que son víctimas de violaciones a los derechos humanos debido a su actividad
de defensa del medio ambiente. Ejemplo de ello
son la gente que se opone a los proyectos destructivos en el sector extractivo,
de infraestructura y desarrollo; los derechos de las comunidades indígenas y de las minorías;
los derechos de las mujeres,
los comunicadores, los abogados y los académicos; etc. Y
¿cuáles son las violaciones
cometidas que se buscan erradicar? Las noticias y cifras nos lo confirmarán: El Perú ha sido
clasificado por Global Witness como uno de los países más peligrosos para emprender una defensa del medio ambiente
en América Latina.
Y es que se reconocen
casos de desalojos forzados, hostigamiento a la
población, daños medioambientales, han sido además blanco de violencia llegando
algunos a ser asesinados. En el último
año, ocho defensores indígenas y ambientales fueron asesinados por defender
sus tierras y los recursos naturales, a manos de mineros
y taladores ilegales, narcotraficantes o de traficantes de tierras. Esto sumado a las 93 personas defensoras que han motivado la
intervención del Estado entre abril de 2019 y febrero de 2021, por intentos de asesinatos, ataques y amenazas
según cifras del “Registro sobre situaciones
de riesgo de personas defensoras de derechos humanos”
(SPDA)
Esta última
cita, la del Registro nacional,
es una de las políticas
implementadas en el Perú para frenar la violencia. Aprobado
en el mes de octubre del año 2020, esta herramienta
permitirá acopiar, analizar y gestionar información
sobre situaciones de riesgo que enfrentan las personas defensoras de derechos
humanos en todo el país. Y pues, se puede considerar que con ello se ratifica
el compromiso para propiciar un entorno seguro para las labores de las
personas defensoras de derechos fundamentales. A la par, el Protocolo para garantizar la protección de personas defensoras
de derechos humanos
significa esa herramienta para
generar un ambiente adecuado para el desempeño de sus actividades de promoción, protección y defensa.
No obstante, los esfuerzos llevados
a cabo durante la implementación del protocolo evidenciaron algunas limitaciones para su efectividad. El carácter sectorial de la herramienta y la ausencia
de funciones específicas en las entidades
a cargo de brindarles seguridad, impedía tener claridad
en las intervenciones para la prevención y la protección.
Cabe resaltar
que este protocolo, además, tiene como uno de sus objetivos específicos el propiciar una adecuada y eficaz investigación juzgamiento, sanción y reparación en casos de ataques de personas defensoras de derechos humanos.
Y con el cumplimiento de estos objetivos se logran reconocer beneficios y
aportes a la política ambiental por parte de
estas normas: buscan el desarrollo económico justo dentro de una
comunidad donde se respete el cuidado
de los recursos naturales. Los estudios estiman que la inversión en comunidades nativas que buscan la
protección de los recursos naturales posee un retorno social mínimo de $2.5 por dólar invertido, que en promedio
puede alcanzar una ratio de 10:1
hasta llegar a un máximo de 20:1 (Artelle et al, 2019) (Wardon et al, 2020).
Esto se debe a que son actores
claves en la conservación y monitoreo de los ecosistemas y la protección de la biodiversidad. A partir
de ello, se fomenta la ampliación de los empleos e industrias verdes o sostenibles que contribuyen con el avance
hacia una “economía verde”.
Recordemos que un paso importante hacia la defensa
de los derechos ambientales ha sido la ratificación del Acuerdo de Escazú, con
ella, el Perú deberá implementar o fortalecer
medidas para (i) garantizar un entorno seguro y propicio para su labor;
(ii) proteger, reconocer y promover sus derechos fundamentales; y, (iii) prevenir,
investigar y sancionar acciones en contra del ejercicio
de su derecho de defensa. Sin embargo, aquí entra
a tallar el eterno enemigo del Perú: la corrupción; lo que conlleva a la
impunidad. Un caso particular
necesario de rescatar es el Proética, que junto a representantes de organizaciones de sociedad civil y de
comunidades indígenas se presentaron ante la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para exponer cuatro
casos de corrupción y asesinatos de líderes indígenas
contra el Estado
Peruano.
Es evidente que
hay espacios de nuestro territorio donde las actividades ilegales han ganado
terreno. Esto incluye
la vinculación de miembros de mafias con la política
formal. Intereses del narcotráfico,
de tala y minería ilegal, rondan
la política desde hace tiempo
y buscan cooptar alcaldías distritales y provinciales, gobiernos
regionales, representaciones congresales
entre otros espacios de poder público. En un escenario así, lo defensores son vistos como enemigos de estos intereses y
son objeto de campañas de desprestigio e incluso
estigmatización. Los defensores ambientales no son personas
que actúan en contra de nuestro sistema legal, tampoco son
inimputables ni promueven o realizan actividades ilegales. Nadie está por encima de la ley. Pero, incluso el
mismo estado no los trata así: un problema
notable es el de la criminalización de los defensores. ¿Cómo se pretende
protegerlos si se los trata como delincuentes? Se debe garantizar que el poder judicial del país no se utilice como medio para silenciarlos. La Corte Suprema de Perú confirmó recientemente la sentencia de diez años de prisión contra César Estrada Chuquilín, mientras otros defensores de derechos humanos como Jaime Trinidad de la Cruz Gallegos y Jesús Mariano Cornejo Reynoso lo fueron a 12 años y cuatro meses y a siete años y cuatro meses, respectivamente. Y ¿por qué? Por "entorpecimiento de los servicios públicos" y "motín" en medio de las protestas. La verdad, es preocupante que sigan utilizándose estos delitos para desacreditar a los defensores de derechos humanos.
A modo de conclusión, se puede comprender que a pesar
de que existan normas peruanas
que tengan como objetivo proteger a los defensores de derechos humanos,
como los defensores del medio
ambiente, existen dificultades en su implementación. El poco entendimiento que existe en nuestro país
sobre el rol de este grupo en los distintos sectores,
facilita su estigmatización al vincularlos con actividades delictivas o colocarlos como opositores del desarrollo. Nuestro
Estado viene transitando, en poco tiempo, de
medidas aisladas a desarrollar una política pública
para la protección de personas
defensoras de derechos
humanos que aspira a trascender del mero papel a un cambio real en
su protección -que es lo que se busca-. Sin embargo, es necesario seguir
trabajando para que no haya más
defensores que tengan que exponer sus vidas para lograr que los derechos humanos sean una realidad, ni
impunidad que apañe a los delincuentes que los
atacan.
No se puede
permitir que aquellos que defienden nuestro recurso más preciado sean víctimas de amenazas y asesinatos, esto va
más allá del cuidado de un bosque o parque, estas áreas significan identidad
cultural; y deberían
serlo para todos los peruanos,
no solo para unas minorías que se sacrifican por su protección. Por
ello, es importante analizar los aciertos
y deficiencias de nuestra política
actual para conocer
los medios de protección de los cuales nosotros como ciudadanos a
pie, podemos ser defensores. Y es que,
la importancia no solo se enmarca en
el ámbito económico, sino que traspasa a través
de beneficios sociales, ambientales y
personales; el conocimiento del contexto social y personal contribuiría a la investigación, conocimiento y resolución de las causas en las que se encuentren inmersos
las defensoras o los defensores. Esta falta de conocimiento está contribuyendo a la criminalización de los mismos,
y ¿tú qué opinas?
Referencias bibliográficas
Borras, S. (2013) El derecho a defender el medio ambiente:
la protección de los defensores y defensoras ambientales. N°70
– 2013. Revista de la Facultad de Derecho PUCP. https://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechopucp/article/view/6755
Sánchez, D. (2021) Un papel no detiene las balas: sobre la protección de los defensores de derechos humanos.
SPDA Actualidad ambiental.
https://www.actualidadambiental.pe/proteccion-de-los-defensores-de-derechos humanos/ SPDA Ambiental (2020) Acuerdo de Escazú: ¿quiénes son defensores de derechos humanos
en asuntos ambientales? Noticias SPDA https://www.actualidadambiental.pe/acuerdo-de-escazu-quienes-son-defensores-de derechos-humanos-en-asuntos-ambientales/
Soberón, D. (2021) Defensores ambientales: una agenda
pendiente en el Perú. Pólemos
– Portal Jurídico
Interdisciplinario. https://polemos.pe/defensores-ambientales-una agenda-pendiente-en-el-peru/
Lawlor, M. (2021) Perú debe dejar de criminalizar a los defensores de derechos humanos
medioambientales, asegura experta
de la ONU. Noticia Naciones
Unidas. https://news.un.org/es/story/2021/05/1492152
Base normativa
R.M. 255-2020-JUS. Registro sobre situaciones de riesgo de personas defensoras de derechos humanos
R.M. 0159-2019-JUS. Protocolo para garantizar la protección de personas defensoras de derechos humanos
Ana Luisa Mogollón Hernández
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