¿EQUIDAD DE GÉNERO EN EL ÁMBITO LABORAL?, ¿EXISTE UNA BRECHA SALARIAL ENTRE HOMBRES Y MUJERES?


 Formamos parte de una sociedad que con el pasar de los años ha tenido una constante evolución, en la cual no solo existía una ¨Brecha Salarial¨ entre hombres y mujeres, sino que existía una mayor desventaja hacia el sexo femenino, ya que desde antaño su voz no era escuchada y el rol que esta cumplía no era valorado.

Con el pasar del tiempo el rol de la mujer y el desempeño que la mujer tenía en la sociedad se ha ido incrementando y de cierta manera ha ido teniendo mayor valor por parte de la población. Pero la interrogante de ahora sería, ¿existe equidad de género en el ámbito laboral?, si bien es cierto se ha logrado un gran avance con respecto a años anteriores, pero aún sigue existiendo un margen de desigualdad entre lo que gana una mujer con respecto a lo que gana un hombre.

Es en este sentido que, pese a que en los últimos años se ha avanzado en términos de participación, la brecha por la equidad de género en puestos de dirección y el acceso a una remuneración justa aún es grande.

Según Barbato (2012) “La remuneración debe estar basada en lo que haces, no en quién eres”. Es así que, la remuneración que se da entre hombres y mujeres debe ser vista desde diferentes planos con la finalidad de observar si verdaderamente existe una brecha salarial.

Visto desde el plano legal, las entidades del gobierno peruano han elaborado diversos documentos que han tratado la equidad de género formando parte de los intentos del estado por reducir las brechas de género no sólo en las entidades públicas, sino también en las privadas. Estos son: El Plan Nacional de Igualdad de Género 2012 – 2017, la Ley 28983 (Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres) y la ley 30709, la cual permite la ejecución del principio de “idéntica remuneración por trabajo de igual valor” (Basado en la Ley 28983). Pero tras la implementación de esta normativa, ¿se podrá reducir la brecha salarial de género existente?

Sí, de hecho, la Ley N°30709 (Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres), busca reducir estas brechas, no solo entre hombres y mujeres sino también entre las personas que ocupen posiciones similares en las compañías, por ello, esta nueva ley ayudará a la formalización de empleos sobre todo en un país como el Perú, donde la tasa de informalización es superior al 70% y leyes como estas ayudan a que las pocas empresas que están formalizadas vayan avanzando en temas de salarios. “Prohibir la discriminación remunerativa entre varones y mujeres, mediante la determinación de categorías, funciones y remuneraciones que permitan la ejecución del principio de igual remuneración por igual trabajo”, es lo que describe esta ley, siendo de gran apoyo en la igualdad de género salarial.

Asimismo, para el alineamiento de esta ley se dan ciertas medidas que se deben desenvolver dentro del ámbito laboral las cuales son:  I) Formalizar un cuadro de categoría y funciones, el cual puede ser complementado a detalle con un Manual de Organización y Funciones de la empresa. II) Establecer un proceso objetivo de valorización de puestos según las necesidades estratégicas de la empresa y las exigencias que pueda tener el puesto. III) Determinar una remuneración sin discriminación por medio de una escala salarial basada en un proceso de valorización de puestos. IV) Definir los requisitos objetivos para el ascenso en base a una evaluación de desempeño y una definición precisa de lo que se espera del puesto. V) Definir y ejecutar un plan de comunicación interna, a fin de dar a conocer las definiciones establecidas a los colaboradores de la empresa. VI) Implementar políticas para la prevención y sanción ante cualquier caso de hostigamiento sexual o por condición de embarazo y lactancia.

Las medidas antes mencionadas serán fiscalizadas por la Sunafil y Gerencias Regionales de Trabajo. De esta forma, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobó la “Guía que contiene las pautas referenciales que pueden ser utilizadas por la organización empleadora para evaluar puestos de trabajo y definir el cuadro de categorías y funciones”. El objetivo de este significativo instrumento normativo es mostrar las diferencias salariales entre hombres y mujeres que existen en el país, la importancia de reducirlas, los lineamientos normativos existentes, en particular la Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre hombre y mujeres (Ley 30709). En ese sentido, la Guía contiene pautas referencias que pueden ser utilizadas por la entidad empleadora para evaluar los puestos de trabajo, el modelo de cuadro de categorías y funciones y el contenido mínimo referencial de política salarial.

Según la OIT existe una parte no explicada de la brecha salarial entre hombres y mujeres, que se relaciona con la menor remuneración pagada a las mujeres pese a que realizan un trabajo de igual valor que los varones. En muchos países, las mujeres poseen un nivel educativo superior a los hombres que ostentan las mismas categorías ocupacionales, pero cobran salarios inferiores. También recoge el concepto de “brecha salarial por maternidad”, referido a la percepción de ingresos menores por parte de las mujeres con hijos, lo que se basa entre otros factores, en las interrupciones o reducción al tiempo de trabajo. Estas reflexiones se aplican en nuestro país.

Además, según cifras del INEI correspondientes al 2019, en el país, la diferencia salarial promedio entre varones y mujeres ascendió a 570 soles aproximadamente. Respecto al trimestre abril-junio del 2019 en Lima Metropolitana, el ingreso promedio mensual de los hombres se ubicó en 1,953.50 soles y el de las mujeres en 1,393.20 soles. Comparado con el trimestre similar del 2018, el ingreso promedio de los hombres aumentó en 3.5% y el de las mujeres en 2.8%. En el segundo trimestre del 2019, se advierte que el subempleo por ingresos afecta más a las mujeres que a los hombres, así el 64.5% (719,600 personas) son mujeres y el 35.5% (396,500 personas) son hombres. Inclusive, el subempleo por ingresos disminuyó en los hombres en 7.8%, pero en las mujeres aumentó en 0.8%.

Ante ello, para corregir la brecha se plantea el endurecimiento de las fiscalizaciones en materia de equidad salarial por parte de la Sunafil, de la misma manera se exige a las empresas que toda diferencia salarial entre hombres y mujeres, y cualquier otra que se plantee sea sustentada objetivamente con base en criterios relacionados con la antigüedad, el desempeño, la especialización, entre otros, dejando de lado estereotipos. Lo nuevo es que se exige a las empresas que cuenten con un cuadro de categorías y funciones y, una política salarial, comunicada a su personal.

Finalmente, es preciso hacer hincapié en la implementación de la Ley N°30709, pues ha significado el primer paso de un camino largo donde nos toca seguir corrigiendo errores en el trayecto y velar porque realmente se haga efectiva en los centros de labores, ya sea vía inspecciones y fiscalizaciones, con el objeto de que los empleadores contribuyan a alcanzar un país más justo y equitativo, donde el género de la persona no influya a la hora de dictaminar salarios o puestos de trabajo. Si bien existe una normativa promulgada, hace falta más convicción de las empresas para combatir la desigualdad en lo que a salarios por género respecta. Además debo mencionar que este tema es aun muy discutido puesto que las diferencias existentes en la materia tratada dependen de varios aspectos que no son totalmente nítidos.

 


Articulo de opinión 

Valeria Anashely Rodríguez Castillo

 Miembro de la Asociación de Debate Última Instancia “A.D.U.I”

 


Referencias 

Lauren Barbato (2012). Lo que revela el polémico análisis de igualdad. BBC.

Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (2012). Plan Nacional de Igualdad de Género 2012 – 2017

https://www.mimp.gob.pe/files/planes/planig_2012_2017.pdf

Ley Nª 28983 de 2007. Ley de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. Viernes 16 de marzo de 2007. Diario oficial El Peruano.

https://leyes.congreso.gob.pe/Documentos/Leyes/28983.pdf

Ley Nª 30709 de 2017. Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres. Miércoles 27 de diciembre de 2017. Diario oficial El Peruano.

https://busquedas.elperuano.pe/download/url/ley-que-prohibe-la-discriminacion-remunerativa-entre-varones-ley-n-30709-1600963-1

OIT (2019). La brecha Salarial entre hombres y mujeres en América Latina.

https://www.ilo.org/wcmsp5/groups/public/---americas/---ro-lima/documents/publication/wcms_697670.pdf

INEI (2019). Perú brechas de genero 2019 Avance hacia la igualdad de mujeres y hombres.

https://www.inei.gob.pe/media/MenuRecursivo/publicaciones_digitales/Est/Lib1716/Libro.pdf 

 



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